07 | 07 | 2016

Según la normativa vigente, los afectados por retrasos superiores de tres horas, tienen derecho a recibir la misma indemnización que existe por las cancelaciones de vuelos.

Según la normativa vigente, los afectados por retrasos superiores de tres horas, tienen derecho a recibir la misma indemnización que existe por las cancelaciones de vuelos.

 Ante el colapso de las últimas semanas en los vuelos operados por Vueling, queremos informar a las personas afectadas por retrasos o cancelaciones sobre la forma de ejercer sus derechos. 

Según la normativa vigente estos son los derechos de los pasajeros: 
- Derecho a información si el retraso es de al menos 2 horas 
- Derecho a reembolso en retrasos de más de 5 horas 
- Derecho de atención (comidas, bebidas y hotel) en retrasos de 2 o más horas 
- Derecho a compensación económica por retrasos que superen las 5 horas 
- Los cambios de horario son tratados como un retraso si se notifican con menos de dos semanas de antelación.

 No obstante, según la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con fecha 19 de noviembre de 2009, el pasajero de un vuelo que sufra un retraso igual o superior a 3 horas tiene derecho a recibir una compensación económica automática (a menos que se deba a circunstancias extraordinarias) equiparable a la que puede percibir en caso de cancelación de vuelo. Los importes a percibir responden a la distancia del vuelo: 
- 250 euros si es inferior a 1.500 km. 
- 400 euros si es de entre 1.500 y 3.500 km. 
- 600 euros si es superior a 3.500 km. 

Puede encontrar información sobre su vuelo a: http://vuelingnews.com/vuelos-cancelados-flights-cancelled-05072016/ o al teléfono: (+34 931 22 08 51). 

Aconsejamos guardar todos los tickets, y reclamar preferiblemente por escrito en el mismo aeropuerto ante la compañía aérea. También puede dirigir la reclamación a: 

Vueling Airlines, S.A. 
Parque de Negocios Mas Blau II, Pla de l'Estany, 5
 08820 El Prat de Llobregat (Barcelona). 

Si no recibe ninguna respuesta en un plazo de 30 días, o la respuesta es negativa, se puede dirigir a una entidad de Consumo. caso de que quiera que sea nuestra asociación que os tramite la reclamación deberá ponerse en contacto con nosotros y os informaremos. Si no se consigue una resolución favorable se derivará el caso a la Agencia Española de Seguridad Aérea.