15 | 11 | 2018

Desde el pasado mes quedan prohibidas las ofertas comerciales y las contrataciones de energía "puerta a puerta".

Gracias al Real Decreto 15/2018 aprobado por el gobierno el pasado 5 de octubre se impedirá hacer ofertas y contratar energía apareciendo sin previo aviso ni información en la vivienda del consumidor.

Esta medida supone un veto a una de las prácticas más controvertidas que llevan a cabo las comercializadoras de energía, ya que, hay veces que utilizan tácticas engañosas, agresivas o que inducen al error para cambiar de compañía al consumidor y contratar otros servicios como los de mantenimiento. Todo ello, siempre con la intención de engordar la factura y crear un compromiso de permanencia que al final cobrará la empresa cuando el consumidor se dé cuenta de lo ocurrido.

Esto llega después de las constantes denuncias de las asociaciones de consumidores y CNMC que llevan advirtiendo de la situación de desamparo que se encuentran los consumidores ante esta situación. Aunque es verdad, que es importante la reclamación del propio consumidor, también lo es, ya que sirve de denuncia de estos hechos, lo que puede desencadenar un proceso sancionador hacia la comercializadora que puede conllevar multas de hasta 6M e inhabilitaciones en el ejercicio del comercio de energía al considerar el saltarse la prohibición una falta grave.

-se la prohibició una falta greu.